Gran parte de la población mundial se ve destinada y forzada a trabajar para poder vivir una vida más tranquila y llena de placeres, o bueno, esa es la idea.
Hay personas que se centran en estudiar para obtener un título universitario, otros que nacen ricos de cuna y unos se ven prácticamente en la obligación de seguirle dando vida al negocio establecido por su familia hace muchos años.
Por otro lado, se encuentran los ciudadanos que prefieren seguir un rumbo distinto al de muchas personas, y es por eso que se enrumban en la aventura de convertirse en trabajadores por cuenta propia, que vendría siendo lo mismo que autónomos. En España, esto se ha vuelto muy en común entre sus habitantes. Surge como una alternativa de los empleos como asalariados.
Cuando inicias un proyecto, no hay nada más complicado que establecerte en el mercado, brindarle y ganarte la confianza de tus futuros clientes, innovar, hacerte un nombre y darte a conocer por la calidad de tus servicios o productos. En el artículo de hoy, te hablaremos un poco acerca de si es mejor ser un autónomo o una sociedad, ya sea limitada, civil o unipersonal. ¡Veamos!
Autónomo o sociedad limitada
Como te comentamos en el párrafo anterior, el objetivo y principal propósito de las personas al iniciar un nuevo negocio por cuenta propia, es el de hacerse un hueco dentro del mercado al cual irán exclusivamente dedicados tus servicios o productos. Ese será tu norte. Como tú condición es la de un trabajador autónomo o por cuenta propia, acá te brindaremos varias claves al respecto.
Si tu negocio, sin importar la actividad económica a la que hayas decidido dedicarte, va creciendo de a poco y ves que las personas cada vez más y más solicitan tus servicios o compran tus productos, es ahí, justo en ese momento cuando te harás la siguiente pregunta: ¿Te convendría seguir tributando como trabajador autónomo o es más rentable hacerlo como Sociedad Limitada (SL)?
Desde acá, te recomendamos ampliamente que vayas paso a paso, que primero consigas hacerte un nombre en el mercado y complazcas a tus posibles clientes con tus servicios o productos, de esa manera te ganarás el cariño, la confianza y el respeto de todos los ciudadanos. De ahí en adelante, si deseas seguir innovando, hazlo y pásate a una Sociedad Limitada (SL).
Autónomo o sociedad limitada diferencias
Ahora, pasaremos a explicarte cuáles son las diferencias a tomar en cuenta entre un trabajador autónomo y una Sociedad Limitada. ¡Sigamos! Acá empieza el principal dolor de cabeza de todos: el dinero. Esta es la diferencia más evidente de todas, ya que para empezar una Sociedad Limitada, deberás tener un capital aportado, el cual necesario para darle inicio a tu negocio.
¡Fíjate! Para poder tener la posibilidad de constituir plácidamente una sociedad limitada, el capital mínimo que deberás aportar será la cuantiosa cifra de 3.000€. Ahora, esto no tiene comparación alguna con hacerte autónomo, ya que simplemente el hecho de darte de alta como tal, no te conllevará un desembolso económico alguno, al menos no una aportación inicial de capital.
Algo que te puede tranquilizar un poco ante esto, es que gran parte de las empresas son constituidas bajo la figura de Sociedades Limitadas. Así, de esta manera, te tocará sentarte en la mesa de tu cocina y empezar a usar la calculadora para sacar cuentas y ver si te conviene, o mejor dicho, si tienes la capacidad económica para invertir 3.000€ y crear una empresa. ¡Piénsalo!
Si cuentas con el suficiente capital, acá te mostraremos los requisitos, trámites y pasos a seguir para poner a tu negocio en marcha como Sociedad Limitada. Al momento de constituir una empresa como tal, el papeleo que deberás realizas es mucho más extenso, al igual que costoso, ya que deberás desembolsar aproximadamente unos 400€, aunque suele sobrepasarlo.
¿Preocupado? Sí, me imagino, pero descuida, ya que desde hace algunos años crearon los famosos Puntos de Atención al Emprendedor (PAE), los cuales te echarán una mano para constituir tu empresa de la manera más rápida posible, y eso sí, con gastos muy por debajo de los 400€. Estos, desde entonces, se hacen cargo de los trámites de la AEAT, la SS y el RM.
Con respecto al trabajador autónomo como tal, el darte de alta no te supone gasto alguno, ya que es totalmente gratuito. Solo debes rellenar y completar el modelo 036 o 037 de alta en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), como también el modelo de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con la Seguridad Social. Dos pájaros de un solo tiro.
Toma en cuenta que los trabajadores de estas instituciones te ayudarán en todo este proceso para que la cumplimentación sea la correcta. Un aspecto que no podemos dejar por fuera, es que al darte de alta como autónomo en la Seguridad Social podrás beneficiarte de la famosa tarifa plana de 50€ al mes, pero todo cambia para las sociedades limitadas. ¡Todo un barullo!
Por ejemplo, un trabajador autónomo societario que tenga la intención de crear una empresa como sociedad limitada, debe tomar en cuenta desde un principio que no contará con estos servicios de ayuda de manera gratuita, en ningún momento. Así que desde el primer día de alta, su cuota como autónomo será como mínimo de 280€ al mes.
Si tomas la decisión de construir una sociedad limitada, la responsabilidad que tendrás, haciéndole honor a su nombre, será limitada. Esto significa que al momento de deudas y problemas deberás responder por el capital aportado a la empresa -3.000€-. En el caso de los trabajadores autónomos, estos responden de manera limitada, o sea, con su propio patrimonio personal.
Sin importar si te diste de alta como autónomo o constituiste una sociedad limitada, el impuesto que deberán presentar trimestralmente ambos, es el IVA. Los autónomos deberán presentar el IRPF por tratarse de un impuesto que grava la renta de las personas físicas. Esto quiere decir que mientras mayores ingresos tenga, se verá en la obligación de tributar más alto.
Las Sociedades Limitadas o empresas cuenta con otro tipo de obligaciones fiscales, en este caso: el Impuesto de Sociedades. No hay gran diferencia entre este y el IRPF, ya que cumplen la misma función para cada uno. De esta manera, deberás llevar a cabo una previsión de ingresos y gastos a futuro para analizar así cuál impuesto te interesa más: el IRPF o el Impuesto de Sociedades.
El obtener el alta como autónomo te supondrá menos obligaciones, y más fáciles y concretas comparadas con la SL. Los autónomos presentan solo el IVA e IRPF, además llevan libros de registros de facturas de venta y gasto. Los libros son estos: Registro de Facturas Emitidas, Registro de Facturas Recibidas y Gastos, Registro de Bienes de Inversión y Registro de Operaciones Intracomunitarias.
Del otro lado de la moneda, ocurre algo muy distinto si comparamos las obligaciones contables de los trabajadores autónomos con las sociedades limitadas, las cuales conllevan una contabilidad más extensa y completa, puesto que deberá realizar un Libro Diario donde se verán reflejadas las Cuentas Anuales. Además, deberás cumplir con los impuestos y libros.
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