Si has trabajado alguna vez en tu vida de manera formal, debiste haber tomado un bolígrafo y estampado tu firma en una o varias hojas de papel. ¡Toma nota!
A lo que vamos con esa breve explicación es que en este artículo te explicaremos absolutamente todo lo relacionado a los contratos de los trabajadores autónomos, así que no pierdas la pista y presta mucha atención.
Antes que todo, te explicaremos rápidamente qué es un contrato. Y sí, por muy descabellado que pueda llegar a sonar, hay personas que tienen un concepto errado, así que esperamos que el tuyo sea el correcto, con el cual nosotros nos identificamos. Un contrato es un acuerdo escrito –en la mayoría de los casos-, en el que dos o más personas se comprometen a respetar y cumplir ciertas normas.
Hay muchos tipos de contrato, en los cuales destacan sobre todo los de trabajo y alquiler, siendo estos los más demandados en la población mundial. En un contrato hay varios o cientos de condiciones a seguir, y por ende, el firmante debe acatar cada una de esas condiciones. Es un compromiso recíproco donde las partes involucradas deben ser responsables y respetuosas. ¡Sigamos!
Contrato mercantil autónomo
No te imaginas la gran cantidad de tipos de contratos que te ofrecerán si pasas de ser un trabajador por cuenta ajena –asalariado- a uno por cuenta propia –autónomo-, por ello, y con ese propósito hemos tomado la decisión de crear este nuevo artículo con absolutamente todo acerca de los contratos que suelen firmar los trabajadores autónomos.
Los contratos que suelen firmar los autónomos, son más que todo los mercantiles, y ya te explicaremos cómo funciona todo esto. Este tipo de contratos tienen obligatoriamente que precisar todos y cada uno de los detalles, no dejar cabos sueltos y nada por fuera. Deben incluir todos los elementos dignos de un contrato mercantil para trabajadores autónomos dependientes.
No solo eso, sino que como cualquier otro contrato previamente estipulado, ambas partes deben identificarse, junto con el objeto y la causa del mismo. Esto sucede para no caer en discusiones ni malos entendidos. ¿Más cosas? Otras características es que debe contar con el régimen de interrupción anual de la actividad, así como el descanso semanal y la duración máxima de la jornada de la actividad.
Ambas partes deben tener un interés de por medio, de eso no hay duda alguna, por lo cual dicho interés profesional es uno de los aspectos a tomar en consideración. A su vez, también se debe contar con la fecha de inicio de las prestaciones y la duración de las mismas. Referente a las indemnizaciones, en el contrato debe reflejarse la cuantía que tenga el trabajador por extinción del mismo.
Un contrato no es simplemente estampar tu firma en la hoja donde va esta, sino que tendrá varias hojas que deberás leer minuciosamente para poder llegar a un acuerdo, y si no te convence del todo, lo mejor sería que solicitaras asesoría para que no firmes algo que no satisfaga tus necesidades totalmente. Toma en consideración todos los detalles, no dejes nada por fuera.
Para finalizar, dicha documentación laboral debe mostrar al firmante la manera en la que el contratante mejorará la efectividad de la prevención en caso de riesgos laborales, como también de las condiciones en la que estas se aplicarán en caso de que el trabajador autónomo o por cuenta propia deje de ser dependiente de alguna manera.
Contrato falso autónomo
El tema que desglosaremos en esta sección es bastante delicado, ya que puedes incurrir en un delito fiscal si caes ingenuamente en esta trampa, aunque no lo es del todo, ya que quizá la empresa que te contratará tampoco esté al tanto de lo que quiere decir “falso autónomo” y todo lo que conlleva. Aunque ese escenario es muy poco probable, ya que siempre se informan.
Para que comprendas mejor de lo que te hablamos, te colocaremos un ejemplo. Es bastante fácil, eso sí. Imagina un escenario donde te levantas temprano, suena tu teléfono móvil y es el número de una empresa, la cual está completamente interesada en contratarte. Acto siguiente, acudes a la entrevista, y te piden el alta como autónomo y que el contrato será mercantil.
Hasta ese punto, todo parece normal, pero hay un pequeño detalle que no podrás dejar pasar por alto. Dicho contrato, puede que traiga consigo la misma jornada laboral que un trabajador asalariado, lo que se ve traducido en que una vez firmes ese contrato, prácticamente tendrás las mismas obligaciones que uno de ellos. Eso significa que el contrato no será tan legal.
Si has estudiado con paciencia las leyes fiscales en el amplio mundo de la economía, debiste haberte dado cuenta que un contrato mercantil básicamente trabaja en igualdad de condiciones, es decir, que un trabajador no labora por cuenta ajena, sino por cuenta propia, por lo que si pasas a ser un empleado más, no tendría sentido alguno que lo firmes. No tendría lógica para nada.
Ahora, si tu deseo es ser un trabajador por cuenta propia y laborar en una empresa como cualquier otro empleado más, lo ideal es que te ofrezcan o exijas firmar un contrato laboral. Hay ocasiones donde estos contratos te obligan a hacer lo mismo que los demás, no podrás tener clientes, tu horario no te lo permitirá y pasarás a ser uno del montón. En este caso, el contrato mercantil es totalmente ilegal.
Lo más importante de todo esto que tú te sientas cómodo con las peticiones que te solicitan y las exigencias que estarías dispuesto a imponer para poder trabajar como autónomo o trabajador por cuenta propia en una empresa donde predominen ampliamente los trabajadores asalariados. Debes tener tu espacio, de eso no hay duda, pero de no cumplirse la ley, no lo firmes.
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