Bonificación autónomo

Tanto los trabajadores asalariados como los autónomos, tienen muchísimas diferencias, pero depende de ellos decantarse por esas dos opciones.

Los asalariados, por ejemplo, dependen de una empresa, de un jefe y cuentan con un sueldo ya estipulado. En cambio, los autónomos son sus propios jefes, no les rinden cuentas a los demás por trabajar por cuenta propia. ¡Sigamos!

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Claro está que ambas partes perciben diversos beneficios a merced de las instituciones, pero los autónomos pican adelante cuando de esto se trata, ya que la ley los ampara un poco más, aunque los niveles de riesgo son casi o más comparados con el de los asalariados. Si eres trabador por cuenta propia no deberás perderte el contenido que estás por leer, así que mantente alerta.

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El día de hoy tenemos la grandiosa oportunidad de proveerte un material de calidad, el cual no deberás pasar por alto, y más aún si eres trabajador autónomo, y de ser así, haz llegado al lugar indicado. El tema que abordaremos a continuación va estrictamente ligado a las bonificaciones que reciben los trabajadores por cuenta propia, así que no te lo puedes perder.

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No hay nada mejor que proveerte de información actual, para que así no caigas en confusiones con respecto a otros años, ya que todo cambia conforme avanza el tiempo, al igual que a la hora de innovar. En este bloque te proporcionaremos información valiosa sobre las bonificaciones y descuentos de las cuotas de la Seguridad Social aplicables a un grupo selecto de autónomos.

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Hay demasiada tela por cortar, ya que abordaremos un tema bastante extenso y no queremos dejar cabos sueltos, sino abarcar todo para que una vez termines de leerlo, termines complacido con la información que te hemos brindado. Ahora sí, sin más preámbulos, sigamos explicándote de qué va todo esto acerca de la bonificación de los autónomos. ¡Adelante!

Los temas que tocaremos irán referidos a la tarifa plana o cuota de 60€ -antes era de 50€- y las bonificaciones generales aplicables para jóvenes, autónomos colaboradores, trabajadores discapacitados, bajas por maternidad o paternidad, Ceuta y Melilla, venta ambulante y a domicilio, pluriactividad y trabajadores de 65 años. ¡Sigamos con esto!

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Los trabajadores autónomos gozan de ciertos beneficios, una de ellos son las bonificaciones que reciben por sus cotizaciones en la Seguridad Social, pero esto dependerá siempre de si son autónomos colaboradores, estén en régimen de pluriactividad, estén de baja por maternidad o paternidad, vivan en Ceuta y Melilla o sufran de algún tipo de discapacidad que los limite a sus actividades.

Uno de los principales pasos que debes dar al iniciar una vida laboral como trabajador por cuenta propia, es darte de alta como autónomo en la Seguridad, lo cual te supondrá cotizar. En 2013, se aprobó la Ley de Emprendedores, en la cual las cargas de cotización fueron disminuyendo, pero eso sí, única y exclusivamente para algunos trabajadores autónomos en situaciones puntuales.

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Sin duda alguna, una de las cosas que te brinda el darte de alta en la Seguridad Social, es la famosa tarifa plana de 60 euros para los nuevos autónomos, que empezó siendo de solo 50 euros. Dicha tarifa supone una gran reducción en las cuotas a pagar durante los primeros 30 meses, pero eso sí, si eres menor de 30 años –hombre-; 35 –mujer-; y los primeros 18 meses de tener 30 años o más.

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En 2017, llegó la nueva Ley de Autónomos, lo cual supuso un punto de inflexión considerable en el trabajador por cuenta propia, más que todo por la ampliación de la tarifa plana de 6 a 12 meses. Si ya eres autónomo o estás pensando en darte de alta, toma en cuenta que hay otro tipo de bonificaciones en la Seguridad Social que deberás saber. ¡Descubrámoslo!

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Una de esas bonificaciones son las que reciben los autónomos colaboradores por darse de alta. En este caso, te corresponderá una bonificación del 50% los primeros 18 meses, y de un 25% en los siguientes 6 meses. Este último porcentaje la bonificación quedó estipulado y oficializado como novedad en la Ley del Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social –agosto, 2015-.

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¿Recuerdas lo que es ser un trabajador autónomo colaborador? ¿No? Pues, tranquilo, ya que acá te refrescaremos el conocimiento de manera breve y concisa. Se entiende por autónomo colaborador al cónyuge o pareja del autónomo titular, hijo, tío, abuelo y todos aquellos familiares que se encuentren en el primer y segundo grado de consanguineidad. Incluye a seres adoptados.

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Cuando eres trabajador por cuenta propia, pero a la vez por cuenta ajena, eres considerado por la ley como un trabajador en pluriactividad. Esto quiere decir que si primeramente laboraste por cuenta ajena, pero con el pasar del tiempo tomaste la decisión de darte de alta como autónomo, tendrás el completo y absoluto derecho a las siguientes bonificaciones que te mencionaremos.

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Uno; tendrás hasta el 50% de la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses de alta. Dos; en los siguientes 18 meses de alta, obtendrás el 75% de la base mínima de cotización. Tres; si la pluriactividad es cumplida a tiempo parcial, dichas bonificaciones se ven reducidas al 75% durante los primeros 18 meses, y al 85% los siguientes 18 meses.

Si eres autónomo y también asalariado, al mismo tiempo, tienes el derecho de cotizar dos veces, como también el de solicitar durante los primeros 4 meses del año, una devolución del 50% de lo cotizado el año anterior, con un tope del 50% de las cotizaciones ingresadas en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA).

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Otro punto a favor con respecto a los autónomos en pluriactividad, es que gracias a la Ley de Autónomos promulgada en 2017, no tendrás la necesidad de solicitar las devoluciones que te correspondan, sino que la propia Seguridad Social será la encargada de tramitar eso por ti.

Las condiciones de la Seguridad Social para estos casos son los siguientes: el autónomo debe haber cotizado durante el año anterior en el Régimen de Pluriactividad. La cuantía de la cotización conjunta, tanto en el Régimen General como en el de autónomos, debe ser igual, idéntica y superior a 12.368,23 euros anuales. Al menos así era en 2017, ya que son actualizadas.

Hemos llegado al final, pero si te gustó lo expuesto en este artículo, te recomendamos que compartas este material en tus redes sociales para que se haga viral y las personas que necesitan ilustrarse al respecto, tengan con qué defenderse al momento de querer saber un poco más acerca de las bonificaciones de los autónomos. ¡Hasta pronto!

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