Cuota: parte o porción fija y proporcional que se paga por un servicio. Así, de esa manera tan simple, lo define el Diccionario de la Real Academia Española.
Pero, ¿por qué te comentamos esto? Pues fíjate que el tema central de este artículo, y por el cual hemos decidido prepararlo, es para que entiendas un poco más acerca de las cuotas que debes pagar si eres trabajador autónomo.
Esperemos que con ese breve concepto proporcionado nada más y nada menos que por la máxima autoridad de la lengua española, el DRAE, hayas comprendido un poco lo que es una cuota cuando hablamos de impuestos, economía y esos temas que a veces suelen ser bastante engorrosos. La idea es suministrarte información que te sea fácil de entender.
Así que ya sabes, la cuota es simplemente el importe mensual en concepto de cotizaciones que debes pagar a la Seguridad Social, claro, si eres trabajador autónomo. ¿Acabas de adentrarte al mundo de la autonomía laboral? Pues créeme que este post te caerá como anillo al dedo. Este importe regular y mensual de las cotizaciones es conocido como “cuota de autónomo”.
Qué día del mes se paga la cuota de autónomo
¿Qué día y cómo debes pagar la cuota ante la Seguridad Social si eres trabajador autónomo? ¡Todo eso te lo diremos en esta sección! Claramente, ya te lo comentamos con anticipación, así que estaría de más decirte que la cuota debe ser saldada con carácter mensual. Dichos pagos deben realizarse el último día hábil de cada mes.
¿Dónde pagarlas? Pues tranquilamente puedes acudir directamente a las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social, a través de domiciliación bancaria o telemáticamente en la sede en línea de la Seguridad Social. Cualquiera de las dos opciones es viable, así que nadie más que tú decidirás a qué medio recurrir para pagar la cuota de autónomo del mes.
Otro detalle que no debes dejar pasar por alto, es tener muy en claro la cantidad que debes pagar de cuota y las fechas en que realizarás el pago, ya que de no concordar, te atrasarías más en el proceso. Por eso te recomendamos tener el recibo de la Seguridad Social domiciliado en tu cuenta bancaria, así te asegurarás de tener los fondos para que no haya devoluciones.
Calcular cuota autónomo
Uno de los puntos más importantes a la hora de saldar la deuda de la cuota como trabajador autónomo, es la de calcular muy bien la cantidad que debes pagar a la Seguridad Social. Para que tengas una idea, esta se calcula en función de la base de cotización que el ciudadano autónomo seleccione de manera libre. Dichas bases y cuotas las publica anualmente la SS.
Pero no solo es trabajo de la Seguridad Social, ya que dichas bases y cuotas son fijadas estrictamente en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Ahora, hablaremos un poco acerca de la base mínima de cotización para este 2019, que antes de aprobarse los PGE, eran de 944,35 euros, lo que se vería traducido en un pago mensual a la Seguridad Social de 283,3 euros.
Sí, descuida, nos falta una base por determinar, y esa es la máxima, que fue de 4.070 euros netos, y sacando la calculadora pasaría a convertirse en 1.221,03 euros mensuales como cuota máxima de cotización. Un estudio reveló que el 80% de los autónomos, se inclina por la cotización de base mínima, puesto que implica menor protección en casos de enfermedad, accidentes, desempleo, etc.
La edad es un factor a considerar en esto de las cuotas de los autónomos, ya que la ley dice claramente que los trabajadores autónomos, a partir de los 48 años, se verán restringidos con respecto a las bases de cotización de estas, puesto que debe cotizar entre una base de 1.018,50 y 2.077,80 euros. ¿Comprendiste? Esperemos que sí, porque se pondrá bueno. ¡Sigamos!
Cuota autónomo venta online
España es sin duda uno de los países más complicados para convertirse en trabajador autónomo, y el motivo es que el gobierno no te da tanta libertad como en otros países, tales como Francia o los Países Bajos. Si deseas comenzar en la vida del emprendimiento a través de ventas online, por muy poca que sea la cantidad, te recomendamos darte de alta el primer día.
Ganes lo que ganes deberás pagar desde un inicio la cuota mensual requerida por la ley. Ahora, un punto a favor para los nuevos autónomos, es que si no lo fuiste durante los dos años anteriores a la fecha de tu alta, podrás aprovechar el gran beneficio de la cuota de tarifa plana, la cual es solo de 50 euros. Lo malo de esto, es que dicha cuota irá subiendo conforme pasen los meses.
De 50 euros, pasarás a pagar 270 mensuales. Esto quiere decir que la cifra irá in crescendo cada año. De manera trimestral, te verás en la obligación de llevar una serie de declaraciones de ingresos de gastos y tener siempre la contabilidad de cada una de las operaciones económicas que se registren en tu tienda online. De ser necesario, consulta a un asesor fiscal.
Si piensas montar tu tienda online, debes tomar en cuenta el precio de los dominios, aunque no tanto, porque son demasiado baratos. El registrar tu propio dominio te costaría unos 10 euros al año. Si le sumas 35 euros más, podrías optar por contar con un plan Base para que tengas tu propio sitio web y abrir tus propias cuentas de correo electrónico.
Muchos emprendedores se inician en WordPress, una aplicación de código libre donde podrás tener tu página web sin llevar a cabo una gran inversión. Es tan conocido y popular hoy día, que no tendrás problemas a la hora de hallar a un programador o diseñador que pueda echarte una mano con respecto a las modificaciones que quieras hacerle a la misma.
Cuota autónomo pluriactividad
Llegamos a un punto donde mezclaremos y hablaremos de dos cosas que son bastante similares, pero que acá desglosaremos para que lo comprendas mejor. La pluriactividad, es un término acuñado en el campo de lo fiscal y lo autónomo, lo que definiríamos como la situación en la que una persona autónoma tenga dos trabajos o más.
Muchas personas creen que no, pero la pluriactividad es compatible en el mundo de la autonomía. Puedes tener un contrato por cuenta ajena, darte de alta ante el Régimen General y darte de alta como autónomo y ejercer profesional y empresarialmente cualquier otra actividad económica por cuenta propia. Así de sencillo es.
Si eres asalariado por cuenta ajena, trabajas jornada completa y eres nuevo autónomo te corresponderá pagar el 50% de la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses de alta, lo que vendría a ser una cuota mensual de autónomo de 133,52 euros. Con el 75% de la base mínima en los siguientes 18 meses, pagarás 200,28 euros.
En caso de ser asalariado por cuenta ajena a tiempo parcial con jornada superior al 50% y nuevos autónomos, hasta el 75% de la base mínima de cotización los primeros 18 meses para una cuota mensual de 200,28 euros. Con el 85% de lo mínimo durante los segundos 18 meses de alta, corresponderá 226,94 euros.
Lastimosamente hemos dado por terminado este post, esperemos que la información que te proporcionamos te haya sido útil al momento de aplicar estos conocimientos. Por último, te pediremos que compartas este artículo en tus redes sociales, así ayudarás a muchas otras personas que tengas tus mismas dudas. ¡Suerte!
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